PJ libera a José Luna Gálvez de proceso por lavado de activos en campañas de 2011 y 2014
Jueces aplicaron criterio de caso Cócteles, Humala y Kuczynski, es decir, que aportes de campaña no declarados antes de 2016 no constituye delito.
En aplicación de sentencias del Tribunal Constitucional, la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional anuló el proceso que José Luna Gálvez, líder y fundador de Podemos Perú, enfrentaba desde hace años, por presunto lavado de activos con aportes para las campañas del 2011 (presidencial) y 2014 (municipal de Lima). Esto se dio luego de un recurso de apelación interpuesto por Luna contra una resolución del juez Jorge Chávez Tamariz. Específicamente, se trataba de una excepción de improcedencia de acción.
Hace un año, el TC había precisado que el ocultamiento de aportes de campañas políticas no era penalizado por el Código Penal peruano, sino hasta el 2016. Es decir, este tipo de actos, realizados antes de ese año, no podían ser sancionados. “Al resolver el recurso, la Sala dispone el archivo definitivo respecto de la recepción de activos destinados a gastos de campaña de 2011 y 2014”, informó la Corte Superior Nacional
Si bien el excandidato presidencial Luna Gálvez quedó libre de este cargo, se precisó que la investigación continúa respecto de otros hechos distintos a la recepción de fondos para campañas. Estos son presuntas transferencias de dinero en favor del ahora fallecido exalcalde de Lima, Luis Castañeda Lossio, a través de la Universidad Telesup, y la presunta compra simulada de un vehículo en años posteriores.
Es de señalar que los jueces aplicaron el mismo criterio del caso Cócteles (Keiko Fujimori Higuchi), Ollanta Humala Tasso y Pedro kuczynski Godard.