Ley Seca por Elecciones: cárcel y multa a quienes vendan o consuman alcohol
Desde las 8 de la mañana de este sábado entra en vigor la denominada Ley Seca en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2026.
En el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 entra en vigor, desde las 8 de la mañana de este sábado 3 de octubre, la denominada Ley Seca, es decir la prohibición de vender y consumir licor para garantizar el orden durante la jornada electoral del domingo 4 de octubre. Hay multa y cárcel para infractores.
La restricción se inicia a las 8:00 a. m. del sábado 3 de octubre y se extiende hasta las 8:00 a. m. del lunes 5 de octubre. Durante este periodo queda prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas en todo el país. Asimismo, se dispone el cierre de establecimientos o espacios destinados exclusivamente al expendio de alcohol, en cumplimiento del artículo 351 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).
Sanciones
El incumplimiento de esta disposición no solo implica una falta administrativa, sino también sanciones penales. Según el inciso a) del artículo 390 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), quienes infrinjan la norma pueden recibir pena privativa de la libertad no mayor de seis meses, además de una multa no menor del 10 % del ingreso mínimo vital multiplicado por 30 días, equivalente a S/ 3390.
Los fiscalizadores del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) realizarán operativos en diversas regiones del país para asegurar el cumplimiento de la normativa y que el proceso electoral se desarrolle con normalidad.