Liberación de Urresti abre heridas que aún no cicatrizan: ¿impunidad por asesinato de Hugo Bustíos o aplicación de la ley?

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Escrito por: NTrujillo

Daniel Urresti fue sentenciado el 2023 a 12 años de prisión por el asesinato del periodista Hugo Bustíos, ocurrido el 24 de noviembre de 1988, en Huanta (Ayacucho). Sin embargo, un fallo del Tribunal Constitucional (TC) de 20 de febrero de 2026 ordenó su liberación porque el delito ya había prescrito.

Esta situación generó rechazo de un sector que considera que se trata de un acto de impunidad. Los familiares de Bustíos creen que se trata de una ofensa a los periodistas muertos durante la violencia terrorista y por ello anunciaron que irán a tribunales internacionales. Sin embargo, otra parte de ciudadanos saludó la excarcelación de Urresti, especialmente eufórico se tornó el candidato presidencial de Podemos Perú, José Luna, quien anunció que el general (r) será su ministro del Interior en un eventual gobierno podemista.

Sharmelí Bustíos, hija de Hugo Bustíos, junto al abogados Carlos Rivera, de IDL, rechazaron liberación de Urresti.

Polarización

Esta situación pone en evidencia, nuevamente, la polarización en que se halla el país a raíz del terrorismo desatado por el Partido Comunista Sendero Luminoso en mayo de 1980, donde hubo graves violaciones de los derechos humanos por parte de los subversivos, pero también por parte de algunos miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía. Es decir, hay heridas que no han cicatrizado y se vuelven a abrir.

El periodista Hugo Bustíos fue asesinado en Huanta en 1988, en plena violencia del terrorismo.

Es en esa vorágine de violencia en que se produce el homicidio de Bustíos. Durante el juicio, se probó que Urresti fue destacado a Ayacucho como oficial del Ejército con el seudónimo de “Capitán Arturo”. Se demostró que participó junto a otros militares en un ataque que dejó herido al periodista Eduardo Rojas y terminó en el asesinato de Hugo Bustíos tras la colocación de un explosivo sobre su cuerpo.

Los argumentos

El TC dictaminó que los hechos que se le imputan a Urresti prescribieron y que no configuran un delito de lesa humanidad debido a que el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional entró en vigencia para el Estado peruano en el año 2002.

El tribunal argumenta que, cuando ocurrió el crimen contra Bustíos (24 de noviembre de 1988), el delito de asesinato bajo la circunstancia agravada de alevosía se encontraba previsto y sancionado por el Código Penal de 1924 y que, en virtud del artículo 119 del referido código, le hubiera correspondido una prescripción de la acción penal de entre 20 y 30 años.

Sentencia del Tribunal Constitucional que excarcela a Daniel Urresti.

“Conviene recordar que no es posible aplicar las disposiciones del Estatuto de Roma en forma retroactiva; por ello, el plazo de prescripción debe computarse desde que ocurrieron los hechos imputados, esto es, desde el 24 de noviembre de 1988”, se lee en el fallo del TC.

Entre los argumentos, el TC cita también la Ley 32107, norma que limita los alcances de los delitos de lesa humanidad. Esta ley - aprobada por este Congreso-establece que nadie puede ser procesado, condenado ni sancionado por delitos de lesa humanidad cometidos antes del 1 de julio de 2002.

Cuestionamientos

La hija de Hugo Bustíos, Sharmelí, se pronunció en su cuenta de X contra de la sentencia. “Mi padre estaría cumpliendo 76 años. No está aquí para celebrar su vida y honrar su presencia. Increíblemente, quien fue condenado por su asesinato saldrá libre, pues el TC anuló su sentencia de 12 años. Tu memoria, papá, estará siempre por encima de la ignominia”, expresó.

Por su parte, el abogado Carlos Rivera, de IDL, calificó como "falso" el argumento que sostiene el TC, pues indicó que el juzgamiento de crímenes de lesa humanidad se sostiene bajo la ley penal nacional. "Dicen que la sentencia que lo condena tanto de la Corte Penal Institucional como de la Corte Suprema de Justicia ha hecho una calificación del asesinato de Hugo Bustíos en mérito del artículo 7 del Estatuto de Roma, lo cual es falso", explicó.

El Tribunal Constitucional emitió el fallo que excarcela a Urresti y ha generado polarización en la sociedad.

Añadió que el "único argumento" presentado por el TC para liberar a Urresti es que el caso está prescrito, por lo que corresponde aplicar la Ley 32107, medida que establece que los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra antes del 2002 no pueden ser procesados.

"No existe ningún caso que haya sido abierto en mérito al artículo 7 del Estatuto de Roma", recordó Rivera. Además, refirió que todos los casos que han sido calificados como crímenes de lesa humanidad en Perú se han abierto en mérito de la ley penal nacional. "Se opta por una postura totalmente negacionista de la aplicación del derecho internacional", precisó Rivera.

En todo caso, Rivera anunció que irán a la Corte Interamericana de Derechos Humanos y evalúan denunciar a los integrantes del TC por haber anulado la sentencia a Urresti.

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